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Santo Domingo

Tribunal Constitucional declara inadmisible acción constitucional de amparo de cumplimiento de Telemicro, en favor del Indotel, Franasyl, y ACD Media

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Tribunal Constitucional declara inadmisible acción constitucional de amparo de cumplimiento de Telemicro, en favor del Indotel, Franasyl, y ACD Media

La sentencia es la novena decisión dictada por los tribunales contra Telemicro, incluyendo la Suprema Corte de Justicia, a favor del Indotel, Franasyl, S.R.L, y ACD Media S.R.L., sobre la titularidad del Canal 3 Virtual. Sin mencionar cinco resoluciones emitidas por el Indotel contra Telemicro

Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional declaró inadmisible un recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo de cumplimiento interpuesto por la sociedad Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S. A. (Telemicro), contra el Instituto Dominicano de Telecomunicaciones (Indotel), su consejo directivo y Franasyl, SRL.

La acción originaria de Telemicro fue por ante la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), y derivó la sentencia núm. 0030-02-2026-SSEN-00175, del 24 de marzo del 2026, que de igual suerte la declaró “improcedente”, donde pretendía la suspensión, promoción, uso, transmisión y retransmisión del Canal 3 Virtual que realiza con normalidad su titular Franasyl, S.R.L.

La decisión de inadmisibilidad emitida por el más alto tribunal de la República Dominicana contra el recurso de Telemicro, se dio a conocer mediante publicación de sentencia TC/1022/26, dictada el 30 de septiembre del 2026.

Ya antes, la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), había declarado improcedente otra acción de amparo de cumplimiento del mismo Telemicro, en virtud de la sentencia núm. 0030-03-2025-SSEN-00573, de fecha 20 de noviembre del 2025.

Igualmente, con ocasión del conocimiento del fondo de lo principal, sobre el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro contra la Resolución núm. 080-2022, del Consejo Directivo del Indotel, la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), lo rechazó en todas sus partes mediante sentencia núm.0030-04-2025-SSEN-00740, del 25 de noviembre del 2025.

Además, el más alto tribunal del Poder Judicial no escapa a ello, fue la propia Suprema Corte de Justicia (SCJ) que como consecuencia de un recurso de casación, dictó la sentencia núm. SCJ-TS-25-2023, del 26 de febrero 2025, donde rechazó en su justa dimensión todos los argumentos y planteamientos esgrimidos por Telemicro.

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