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Santo Domingo

DGII: facturación electrónica será obligatoria para grandes y medianos contribuyentes desde noviembre

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Facturación electrónica obligatoria para contribuyentes en República Dominicana según la DGII.

SANTO DOMINGO, RD- La facturación electrónica será obligatoria a partir del 1 de noviembre de 2026 para los grandes contribuyentes locales y los medianos contribuyentes, quienes deberán emitir comprobantes fiscales electrónicos, de acuerdo con el calendario de implementación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

La medida establece que los comprobantes fiscales no electrónicos tipo B asignados a estos contribuyentes podrán utilizarse hasta el 31 de octubre. Después de esa fecha, su uso quedará limitado a situaciones de contingencia declaradas y bajo las condiciones previstas en el Reglamento núm. 587-24.

¿Qué cambia con la facturación electrónica en noviembre?

Con la entrada en vigor de esta etapa, los contribuyentes incluidos en la disposición deberán utilizar secuencias de comprobantes fiscales electrónicos, conocidos como e-CF, para documentar sus operaciones, conforme a las disposiciones tributarias aplicables.

El cambio forma parte del proceso de implementación de la facturación electrónica en República Dominicana, impulsado para mejorar los procedimientos de emisión de comprobantes y fortalecer el control fiscal.

Requisitos para emitir facturas electrónicas

Los contribuyentes que deban incorporarse al sistema necesitan estar inscritos en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y tener registradas sus obligaciones tributarias.

También deben disponer de un certificado digital para los procesos tributarios y cumplir con los requisitos técnicos establecidos por la DGII.

El procedimiento incluye completar la solicitud disponible en la Oficina Virtual de la institución y superar el proceso de certificación correspondiente para quedar habilitados para emitir comprobantes fiscales electrónicos.

Asimismo, deben observar las disposiciones aplicables sobre comprobantes fiscales, incluida la Norma General núm. 06-2018, según corresponda a su situación tributaria.

La incorporación al sistema debe realizarse de acuerdo con el calendario establecido y la clasificación del contribuyente, en el marco de la Ley núm. 32-23 sobre facturación electrónica.

DGII dispone de proveedores autorizados

Para facilitar la transición, la DGII señala que cuenta con una red de 190 proveedores de servicios de facturación electrónica autorizados en el territorio nacional.

Las empresas pueden evaluar las soluciones tecnológicas disponibles y seleccionar la que mejor se adapte a sus operaciones y necesidades administrativas.

Los grandes contribuyentes locales y medianos contribuyentes incluidos en esta etapa deben completar los procedimientos correspondientes antes de que venza el plazo. A partir del 1 de noviembre, la emisión de comprobantes no electrónicos dejará de ser válida para ellos, salvo las excepciones previstas en la normativa.

Por ello, la preparación anticipada resulta importante para evitar dificultades en la facturación y mantener el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

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