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Economia

¿Netflix, Spotify y otras plataformas? Hacienda aclara que la Ley 30-26 no crea nuevos impuestos a las suscripciones digitales

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Santo Domingo.– El Ministerio de Hacienda y Economía aclaró que la recientemente promulgada Ley 30-26 sobre Medidas Procrecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional no establece impuestos adicionales para las personas que pagan suscripciones en plataformas digitales como servicios de entretenimiento, aplicaciones móviles o almacenamiento en la nube de uso personal.

La institución explicó que la normativa contempla una reducción de la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR), pasando de un 27 % a un 15 %, en determinados pagos realizados por empresas dominicanas a proveedores extranjeros por conceptos como licencias de software, derechos de autor, regalías, publicidad digital y servicios de almacenamiento en la nube.

Hacienda indicó que esta disposición aplica únicamente en operaciones comerciales entre compañías establecidas en República Dominicana y proveedores no residentes, por lo que no afecta directamente a los consumidores que utilizan plataformas digitales para fines personales.

La aclaración surge luego de que en redes sociales circularan versiones que sugerían la creación de nuevos gravámenes para servicios digitales contratados por ciudadanos, información que fue desmentida por las autoridades económicas.

Según el organismo, la medida busca aliviar la carga tributaria de las empresas locales que utilizan herramientas tecnológicas provenientes del exterior, además de acercar el régimen fiscal dominicano a los estándares aplicados en otros países de la región.

El ministerio reiteró que servicios como plataformas de entretenimiento por suscripción, aplicaciones móviles y otros servicios digitales contratados directamente por usuarios particulares no están incluidos dentro del alcance de esta disposición.

Finalmente, Hacienda y Economía exhortó a la población a consultar los canales oficiales para obtener información verificada sobre la Ley 30-26 y evitar confusiones respecto a las medidas tributarias contempladas en la legislación.

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