Nacional
Abinader promulga Ley 25-26 para activar sistema nacional de búsqueda de desaparecidos “Alertas RD”
Santo Domingo.– El presidente Luis Abinader promulgó este miércoles la Ley 25-26, una normativa que establece el sistema nacional “Alertas RD”, un mecanismo diseñado para agilizar la búsqueda de personas desaparecidas en la República Dominicana mediante la difusión inmediata de información y la coordinación entre instituciones del Estado.
La nueva legislación crea un marco legal para ofrecer respuestas más rápidas ante reportes de desaparición, especialmente en situaciones que involucren a niños, envejecientes, mujeres en riesgo o personas con discapacidad, fortaleciendo así los protocolos de protección ciudadana.
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- Abinader promulga Ley 25-26 para activar sistema nacional de búsqueda de desaparecidos “Alertas RD”

De acuerdo con lo establecido en la ley, el sistema permitirá la emisión de alertas en tiempo real a través de múltiples canales de comunicación, incluyendo medios tradicionales, plataformas digitales, redes sociales, terminales de transporte y boletines oficiales, con el propósito de ampliar el alcance de búsqueda y aumentar las posibilidades de localización.
Activación rápida y tipos de alertas
La Ley 25-26 dispone que tanto la Policía Nacional como el Ministerio Público deberán activar el sistema de manera conjunta luego de recibir una denuncia de desaparición, la cual podrá realizarse de forma presencial o telefónica.
El protocolo establece que la activación deberá realizarse en un plazo no mayor de 24 horas desde el reporte o cuando exista una situación de peligro inminente.
La legislación también clasifica las alertas según el perfil de la persona desaparecida:
- Alerta Amber: destinada a casos de desaparición o sustracción de niños, niñas y adolescentes.
- Alerta Silver: dirigida a la búsqueda de adultos mayores de 65 años.
- Alerta Azul: aplicable para personas con discapacidad física o mental.
- Alerta Rosa: enfocada en mujeres en contextos de violencia de género o posibles casos de trata de personas.
Las alertas tendrán una vigencia inicial de cinco días calendario y podrán extenderse por igual período las veces que sea necesario, dependiendo de las circunstancias del caso.
Crean Registro Nacional de Personas Desaparecidas
Como parte de la nueva normativa, se pondrá en funcionamiento el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una base de datos centralizada administrada por la Policía Nacional, que facilitará el intercambio de información entre distintas instituciones.
El sistema incluirá datos relevantes sobre las personas reportadas como desaparecidas, tales como fotografías, características físicas, estatus de la búsqueda e información médica necesaria, bajo medidas de protección para preservar la privacidad y la intimidad de las víctimas.
Consejo nacional supervisará el sistema
La ley también contempla la creación del Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, organismo adscrito al Ministerio de Interior y Policía, que tendrá la responsabilidad de coordinar y supervisar la implementación de las acciones establecidas.
Este consejo estará integrado por representantes de diversas entidades del Estado, entre ellas la Procuraduría General de la República, el Ministerio de Defensa, el Sistema 9-1-1, el Ministerio de la Mujer, el Indotel, el Conani, el Conape, el Conadis, el COE y el Servicio Nacional de Salud (SNS).
Asimismo, la normativa establece sanciones para servidores públicos que omitan reportar información, incumplan los protocolos o dificulten el proceso de búsqueda, sin perjuicio de posibles responsabilidades civiles o penales.
Con la promulgación de la Ley 25-26 y su entrada en vigencia tras su publicación oficial, el Gobierno busca fortalecer la respuesta institucional ante desapariciones y reforzar los mecanismos de protección y seguridad para la población dominicana.





















